El ruego de una niña de ocho años a la jueza que entiende en la causa de su adopción debe ser atendido y servir de ejemplo para acelerar todos los procesos.
El conmovedor dibujo que ilustra este editorial lo envió Pilar, de ocho años, a la jueza que tiene a su cargo el proceso de adopción en la jurisdicción de San Martín, provincia de Buenos Aires. Pilar tiene dos hermanos mayores: Agustina, de 12, y Nicanor, de 10. Los tres llevan ya seis años institucionalizados en diferentes hogares. Hoy se encuentran en La Casita de Manos Abiertas esperando una familia. Se preguntaron, ¿por qué Martina tuvo una familia que la eligiera si llegó después que nosotros? Resulta difícil decirle que el juzgado no se ocupa como debería o que por ser tres hermanitos es más difícil que los adopten juntos o que solo hay postulantes dispuestos a ahijar niños pequeños... o darle cualquier explicación que se crea que puede resultar satisfactoria.
Las causas de las increíbles e irrazonables demoras son muchas. Entre ellas, la burocracia de los organismos administrativos de protección de derechos, el exponencial incremento de causas y la complejidad de trabajo de los tribunales, la falta de una interacción coordinada entre juzgados y organismos administrativos, la resistencia de familias de origen que apelan todas las decisiones, la edad de los niños y la falta de la obligada perspectiva de niñez y debida diligencia reforzada con la que deben actuar todos los actores judiciales. Son ellas las principales causas que demoran las decisiones sobre adopción.
Merecen también un párrafo aparte dos cuestiones sustanciales: la falta de integración de las vacantes judiciales y el hecho de tratarse de un grupo de hermanos. Respecto de las vacantes, cabe destacar que, en San Martín, la falta de cobertura es del 50% de los juzgados. Ello obliga a los jueces titulares a atender en forma simultánea dos juzgados con la obvia duplicación de tareas que ello implica, con su impacto negativo directo en la materialización de una Justicia eficaz, humana y oportuna.
Respecto de los grupos de hermanos, la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos informa que el 90% de los inscriptos como aspirantes a adopción están dispuestos a ahijar niños de hasta dos años de edad; menos del 7%, a adoptar niños entre 2 y 10 años, y menos del 1%, a adoptar a grupos de hermanos integrados por cuatro o más niños. Todo ello obliga a los juzgados a extremar las medidas para encontrar postulantes activando rápidamente convocatorias públicas.
Como se advierte, ninguna de las dificultades apuntadas es decisiva por sí misma, pero todas confluyen en una vulneración sistemática de los derechos humanos más sagrados de los niños, privándolos de crecer y desarrollarse en una familia.
La práctica de la escucha judicial de los niños de manera directa por los jueces, además de cumplir con tratados internacionales vigentes de jerarquía constitucional, debe estar presente en todos los procesos en los que ellos tienen derechos vulnerados. Se trata de un mecanismo invalorable para orientar las decisiones hacia el verdadero interés superior del niño, que es en última instancia el bien jurídicamente protegido más relevante en estos casos.
En muchos otros, los niños son víctimas de violencia, maltrato y abusos aberrantes, al punto de poner en riesgo sus vidas. Sin embargo, a veces prima la irracionalidad. Aferrarse dogmáticamente a priorizar la familia de origen existiendo esos antecedentes pone en riesgo a los propios menores. Hemos comentado en varias oportunidades desde estas columnas decisiones equivocadas en tal sentido que costaron la vida al menor de edad.
En el caso de estos tres hermanos a los que nos referimos, aceptaron ser separados con tal de ser recibidos en una familia. Lamentablemente, sin éxito hasta hoy.
Una alternativa que probó su eficacia en casos como el que nos ocupa son las convocatorias públicas. Ello sucede cuando no existen postulantes en los registros locales ni a nivel país dispuestos a adoptar niños de las edades que tienen los niños a los que nos referimos.
La experiencia indica que, agotadas la instancias señaladas, con esta herramienta se obtiene el resultado esperado. Como consecuencia de recientes convocatorias públicas, se han inscripto 379 familias interesadas en adoptar cinco hermanos y 35 familias en el caso de dos hermanos. Son tan solo algunos de los que recordamos y hemos destacado editorialmente.
Ello demuestra que, a pesar de todas las trabas y contratiempos, algo funciona bien en el sistema cuando esta es la respuesta.
Existen muchas familias que están invisibilizadas porque no se encuentran inscriptas, pero que, ante una convocatoria, reaccionan positivamente, tanto para el sistema como para los menores de edad. Los medios de comunicación estamos abiertos a colaborar en estas convocatorias de excepción siempre que se nos solicita.
Guardamos la esperanza de que muy pronto Pilar y sus hermanos mayores puedan hallar esa familia que tanto desean y necesitan.
El ruego de una niña de ocho años a la jueza que entiende en la causa de su adopción debe ser atendido y servir de ejemplo para acelerar todos los procesos.
El conmovedor dibujo que ilustra este editorial lo envió Pilar, de ocho años, a la jueza que tiene a su cargo el proceso de adopción en la jurisdicción de San Martín, provincia de Buenos Aires. Pilar tiene dos hermanos mayores: Agustina, de 12, y Nicanor, de 10. Los tres llevan ya seis años institucionalizados en diferentes hogares. Hoy se encuentran en La Casita de Manos Abiertas esperando una familia. Se preguntaron, ¿por qué Martina tuvo una familia que la eligiera si llegó después que nosotros? Resulta difícil decirle que el juzgado no se ocupa como debería o que por ser tres hermanitos es más difícil que los adopten juntos o que solo hay postulantes dispuestos a ahijar niños pequeños... o darle cualquier explicación que se crea que puede resultar satisfactoria.
Las causas de las increíbles e irrazonables demoras son muchas. Entre ellas, la burocracia de los organismos administrativos de protección de derechos, el exponencial incremento de causas y la complejidad de trabajo de los tribunales, la falta de una interacción coordinada entre juzgados y organismos administrativos, la resistencia de familias de origen que apelan todas las decisiones, la edad de los niños y la falta de la obligada perspectiva de niñez y debida diligencia reforzada con la que deben actuar todos los actores judiciales. Son ellas las principales causas que demoran las decisiones sobre adopción.
Merecen también un párrafo aparte dos cuestiones sustanciales: la falta de integración de las vacantes judiciales y el hecho de tratarse de un grupo de hermanos. Respecto de las vacantes, cabe destacar que, en San Martín, la falta de cobertura es del 50% de los juzgados. Ello obliga a los jueces titulares a atender en forma simultánea dos juzgados con la obvia duplicación de tareas que ello implica, con su impacto negativo directo en la materialización de una Justicia eficaz, humana y oportuna.
Respecto de los grupos de hermanos, la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos informa que el 90% de los inscriptos como aspirantes a adopción están dispuestos a ahijar niños de hasta dos años de edad; menos del 7%, a adoptar niños entre 2 y 10 años, y menos del 1%, a adoptar a grupos de hermanos integrados por cuatro o más niños. Todo ello obliga a los juzgados a extremar las medidas para encontrar postulantes activando rápidamente convocatorias públicas.
Como se advierte, ninguna de las dificultades apuntadas es decisiva por sí misma, pero todas confluyen en una vulneración sistemática de los derechos humanos más sagrados de los niños, privándolos de crecer y desarrollarse en una familia.
La práctica de la escucha judicial de los niños de manera directa por los jueces, además de cumplir con tratados internacionales vigentes de jerarquía constitucional, debe estar presente en todos los procesos en los que ellos tienen derechos vulnerados. Se trata de un mecanismo invalorable para orientar las decisiones hacia el verdadero interés superior del niño, que es en última instancia el bien jurídicamente protegido más relevante en estos casos.
En muchos otros, los niños son víctimas de violencia, maltrato y abusos aberrantes, al punto de poner en riesgo sus vidas. Sin embargo, a veces prima la irracionalidad. Aferrarse dogmáticamente a priorizar la familia de origen existiendo esos antecedentes pone en riesgo a los propios menores. Hemos comentado en varias oportunidades desde estas columnas decisiones equivocadas en tal sentido que costaron la vida al menor de edad.
En el caso de estos tres hermanos a los que nos referimos, aceptaron ser separados con tal de ser recibidos en una familia. Lamentablemente, sin éxito hasta hoy.
Una alternativa que probó su eficacia en casos como el que nos ocupa son las convocatorias públicas. Ello sucede cuando no existen postulantes en los registros locales ni a nivel país dispuestos a adoptar niños de las edades que tienen los niños a los que nos referimos.
La experiencia indica que, agotadas la instancias señaladas, con esta herramienta se obtiene el resultado esperado. Como consecuencia de recientes convocatorias públicas, se han inscripto 379 familias interesadas en adoptar cinco hermanos y 35 familias en el caso de dos hermanos. Son tan solo algunos de los que recordamos y hemos destacado editorialmente.
Ello demuestra que, a pesar de todas las trabas y contratiempos, algo funciona bien en el sistema cuando esta es la respuesta.
Existen muchas familias que están invisibilizadas porque no se encuentran inscriptas, pero que, ante una convocatoria, reaccionan positivamente, tanto para el sistema como para los menores de edad. Los medios de comunicación estamos abiertos a colaborar en estas convocatorias de excepción siempre que se nos solicita.
Guardamos la esperanza de que muy pronto Pilar y sus hermanos mayores puedan hallar esa familia que tanto desean y necesitan.