El juez federal Daniel Rafecas resolvió este jueves avanzar con el juicio en ausencia contra los diez acusados iraníes y libaneses señalados como responsables de la masacre, una decisión sin precedentes en la historia judicial argentina.
A 31 años del atentado terrorista contra la AMIA que dejó 85 muertos y más de 150 heridos, el juez federal Daniel Rafecas resolvió este jueves avanzar con el juicio en ausencia contra los diez acusados iraníes y libaneses señalados como responsables de la masacre, una decisión sin precedentes en la historia judicial argentina.
La medida fue adoptada tras el pedido del fiscal de la UFI AMIA, Sebastián Basso, y las querellas que representan a familiares de las víctimas y a entidades comunitarias. Se aplicará en el marco de la nueva Ley 27.784, sancionada este año, que habilita el juicio en ausencia para imputados declarados rebeldes que eludan de manera sistemática a la justicia.
Los acusados —exfuncionarios del régimen iraní y miembros de la organización Hezbollah— están prófugos desde hace años y nunca respondieron a los reiterados pedidos de extradición realizados por la Argentina. En una resolución de 148 páginas, Rafecas explicó que todos ellos “saben perfectamente que están siendo buscados y nunca comparecieron ante la justicia”.
Según la investigación, el atentado fue planificado desde las más altas esferas del gobierno iraní y ejecutado con apoyo logístico de Hezbollah en territorio argentino y en la denominada Triple Frontera. Entre los imputados se encuentran Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar.
El fallo marca un punto de inflexión en el largo camino hacia la justicia por el atentado de 1994. “Se trata de un crimen que ha causado efectos devastadores en el territorio nacional y que forma parte de un patrón de violencia sistemática contra la comunidad judía argentina”, fundamentó el fiscal Basso, quien ahora deberá cerrar la etapa de instrucción para elevar la causa a juicio oral.
La decisión de Rafecas desestimó los planteos de inconstitucionalidad presentados por la defensa oficial de los acusados, al considerar que el juicio en ausencia “no vulnera los principios del debido proceso ni el derecho de defensa en juicio”, ya que contempla la posibilidad de revisión de la sentencia si los imputados se presentan en el futuro.
El juez recordó que esta herramienta es clave en casos de crímenes internacionales graves, como genocidios, atentados terroristas o crímenes de guerra, ya que muchas veces los acusados cuentan con recursos para eludir la justicia durante décadas. “No celebrar el juicio simplemente porque el acusado no está presente puede ser percibido como una doble injusticia: el crimen queda impune y las víctimas no obtienen reparación”, sostuvo.
El expediente detalla que el ataque fue decidido en agosto de 1993 en Irán, durante una reunión del “Comité de Asuntos Especiales” del régimen, presidida por el entonces líder supremo Alí Khamenei, quien habría emitido la orden ejecutiva. El atentado fue perpetrado mediante un coche bomba frente a la sede de la AMIA en la ciudad de Buenos Aires, con el objetivo de atacar a la comunidad judía y al Estado de Israel, por motivos ideológicos y religiosos.
Desde el Ministerio de Justicia celebraron el fallo. “Gracias a la ley de juicio en ausencia que impulsamos, la Justicia ahora tiene las herramientas para juzgar a los responsables del atentado en la AMIA”, afirmó el ministro Mariano Cúneo Libarona. El secretario de Justicia, Sebastián Amerio, agregó: “Finalmente se está haciendo justicia después de más de 30 años de impunidad”.
Con esta resolución, se abre la posibilidad concreta de llevar a juicio a los responsables de uno de los peores ataques terroristas sufridos por la Argentina, en un intento por reparar décadas de parálisis judicial y dar una respuesta a los familiares de las víctimas que siguen reclamando justicia.
Fuente: Clarin