Nacional, Sunday 22 de October de 2017

Luego de emitir su voto cada ciudadano recibe un troquel que comprueba que la persona ha sufragado, el mismo debe ser conservado ¿cuánto tiempo?

Los electores que voten en las Elecciones Legislativas 2017 reciben un troquel como comprobante de voto. El mismo debe ser conservado por el votante durante los 60 días posteriores, dado que a partir del día número 61 empieza a estar en vigencia el Registro de Infractores al Deber de Votar.

Vencido dicho tiempo, el elector debe consultar el Registro de Infractores al Deber de Votar ingresando en la dirección web www.electoral.gob.ar. En caso de figurar en dicho registro como, la persona tiene que presentarse junto con su DNI y comprobante de voto para realizar el reclamo y solicitar que lo eliminen de dicho registro.

Es importante tener en cuenta que, una vez efectuada la consulta en el Registro de Infractores, el sistema permite imprimir el comprobante de voto por Internet. Esto es por si alguna persona necesita presentar el mismo ante alguna entidad que lo requiera.

¿Qué pasa si una persona pierde el troquel que le dieron al votar?

Si el elector que perdió el troquel no figura en el Registro de Infractores al Deber de Votar, no requerirá hacer ningún trámite, según el sitio de la Dirección Nacional Electoral.

En cambio, si ese ciudadano figura en ese registro, deberá reclamar ante la Justicia Nacional Electoral y requerir que se verifique su firma en el padrón de la mesa en la que votó. El reclamo podrá hacerse por Internet o personalmente, en la Cámara Nacional Electoral o en la Secretaría Electoral del Juzgado Federal con competencia electoral correspondiente al domicilio del votante.

El Registro quedará constituido por la nómina de los electores nacionales mayores de 18 años y menores de 70 años que no hayan emitido el voto, ni hayan justificado su no emisión, indicándose en cada caso si se ha pagado o no la multa correspondiente.