Misiones, Saturday 11 de July de 2020

Se trata de un duro revés para el histórico conductor de la Fiesta Nacional del Inmigrante, quien de esta forma está más cerca de volver a ser juzgado por la violación de una niña de 8 años. 

A poco de cumplirse un año de la anulación de la sentencia que favoreció a Alejandro “Cacho” Santa Andrea (65), oportunamente absuelto por el beneficio de la duda del delito de abuso sexual, en una nueva resolución el Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió denegar el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa del conocido locutor obereño.   
 
Se trata de un duro revés para el histórico conductor de la Fiesta Nacional del Inmigrante, quien de esta forma está más cerca de volver a ser juzgado por la violación de una niña de 8 años. 
La resolución del máximo órgano judicial de Misiones, fechada el pasado 29 de junio, fue aprobada por amplia mayoría. En tanto, las partes fueron notificadas el último miércoles. 
Los ministros Cristina Leiva, Ramona Velázquez, Roberto Uset, Rosana Venchiarutti, María Laura Niveiro, Cristian Benítez y Jorge Rojas votaron por la denegatoria del recurso federal. Mientras que el ministro Froilán Zarza votó en disidencia.
En diálogo con El Territorio, fuentes del caso explicaron que la defensa de Santa Andrea aún podría recurrir en queja a la Corte Suprema de Justicia la Nación, siempre y cuando se cumplan los criterios de admisibilidad.   
“Ahora disponen de diez días hábiles para cumplimentar una serie de requisitos. Pero cumplido dicho término legal, si no presenta la queja quedará firme la sentencia del Superior que anuló la absolución por el beneficio de la duda y el expediente deberá volver al Tribunal Penal de Oberá para realizar un nuevo juicio”, detallaron. 
Incluso, indicaron que de ser posible se fijaría fecha de debate para el corriente año. 

Reclamo fiscal 
Tras analizar el expediente y las pruebas del caso, en agosto del año pasado el STJ anuló la sentencia que favoreció a Santa Andrea, quien el 9 de marzo del 2016 fue absuelto por el beneficio de la duda en el marco de una causa por abuso sexual en perjuicio de una niña de 8 años.  
Asimismo, en el dictamen se ordenó la realización de un nuevo juicio oral, para lo que deberá convocarse a un Tribunal Penal independiente del primero. 
De esta manera, el STJ avaló el reclamo de la fiscal Estela Salguero, quien había interpuesto un recurso de casación atacando la sentencia del Tribunal integrado por los jueces Lilia Avendaño, José Pablo Rivero y Jorge Erasmo Villalba.
Contrariamente a lo dispuesto por los citados, en el juicio la fiscal solicitó una pena de 13 años de prisión para Santa Andrea por los delitos de abuso sexual con acceso carnal en concurso real y abuso sexual simple en concurso real. 
“El Superior no está de acuerdo con la valoración de las pruebas que en su oportunidad hicieron los jueces que absolvieron a Santa Andrea”, señaló entonces la fiscal.  
Asimismo, hizo hincapié en la importancia de la declaración de la víctima en Cámara Gesell, considerada como una prueba clave en delitos contra la integridad sexual de menores. Incluso, en este caso la pequeña fue sometida dos veces al procedimiento. 

Relato aberrante 
En su alegato durante el juicio, Salguero valoró el testimonio de la pequeña, quien llegó a describir un aspecto físico del acusado que sólo se observa si se encuentra sin camisa. 
Precisó que la niña relató que al llegar a la casa, Santa Andrea “estaba hablando con un señor de una moto negra. Yo jugué con un perrito chiquito hasta que se fue el señor de la moto y no había nadie afuera. Este señor me tapó la boca y me llevó para adentro. Me llevó al baño, me bañó y me llevó a la pieza, que está al lado del baño”.
La fiscal graficó la manera en que la criatura describió las partes íntimas y características físicas del acusado. Al mismo tiempo, insistió que el sexo oral o fellatio constituye abuso sexual con acceso carnal y citó un caso de la misma jurisdicción donde el acusado fue condenado por dicho delito.
Oportunamente, Salguero consideró que el Tribunal “dice que los dichos de la niña no se pudieron corroborar, pero buscaron lo que (ellos) podían corroborar y no dijeron nada de lo que no pudieron, y un fallo debe considerar todo, lo que está a favor y lo que está en contra”.

Fallo cuestionado 
En el fundamento de la absolución por el beneficio de la duda, el Tribunal había marcado supuestas contradicciones de la criatura en la descripción de casa del imputado. 
Por ejemplo, se argumentó que el color de las cerámicas del baño era beige y no blanco, como dijo la pequeña. 
Tampoco se encontró una billetera marrón ni una remera verde mencionados en el expediente. En este punto, vale recordar que el allanamiento de la vivienda del imputado se concretó ocho días después de la denuncia. 
La niña también dijo que el día del hecho observó que Santa Andrea tenía un reloj plateado, pero durante el debate oral los abogados del locutor insistieron con que no usaba reloj. 
Luego, a través de un medio local, trascendió una fotografía donde se observa a Santa Andrea usando un reloj similar al descripto por la criatura que lo denunció. 
Otro punto del fallo anulado fue el horario en que habrían sucedido los hechos, ya que en la indagatoria se menciona que fue a las 11, del 19 de agosto del 2013, y en el requerimiento de elevación a juicio se mencionó el mediodía. Una ínfima diferencia horaria, sobre todo tratándose de una niña de 8 años.
“El Tribunal no descree que el hecho ocurrió ni tampoco de que Santa Andrea haya sido el autor, pero tiene dudas. No fue absuelto lisa y llanamente por no ser el autor, sino porque al Tribunal le quedaron serias dudas. Dudas que yo no comparto y entiendo que no había”, señaló la fiscal al conocerse la sentencia en marzo del 2016.
Asimismo, subrayó que “el fallo del Tribunal tuvo muy poca consideración de los dichos de la niña”.

“Discurso creíble”
Según el expediente, el 19 de agosto del 2013 la presunta víctima salió con su hermana -entonces de 13 años- con la intención de ofrecerse para limpiar el patio de la casa de una mujer que vive cerca de la Facultad de Artes, como lo hizo alguna vez a cambio de ropa. 
La pequeña y sus hermanos fueron criados por su madre, son de condición humilde y esos días hacía mucho frío y no tenía abrigo.
“En un momento dado se separan, acuerdan encontrarse más tarde en otro lugar y la niña se aleja para buscar un trabajito para ella en alguna casa. Pasado el mediodía la niña habría llegado al domicilio de Alejandro Santa Andrea, quien se encontraba al frente de su vivienda y habría hecho pasar a la niña al interior de la misma. Allí le sacó la ropa y le hizo bañar con champú, quitándose sus prendas procedió a manosear (...) a la menor”, cita el expediente, en el que además se relata cómo continuó el abuso. 
Y continúa: “Después de todo ello le entregó la suma de aproximadamente 18 pesos y le amenazó que si contaba algo de lo que pasó a su familia iba a mandar a unos hombres para que la encuentren y él la iba a matar”.
Una semana después, el 27 de agosto del 2013, El Territorio publicó la existencia de una denuncia por abuso sexual contra Santa Andrea. Esa misma mañana el locutor fue detenido y permaneció detenido 115 días en la Seccional Tercera. 
El 20 de diciembre del mismo año recuperó la libertad por un fallo de la Cámara de Apelaciones, órgano que recomendó la realización de una segunda Cámara Gesell.
En tanto, los psicólogos que entrevistaron a la pequeña en sucesivas ocasiones indicaron que tiene un “discurso espontáneo y creíble, no fabula, no está dirigido a perjudicar a terceros, es verosímil, y si bien la menor puede ser manipulada dado su edad, no presenta signos de que lo haya sido”

Dolor de madre

“Yo no entiendo de leyes, pero sólo sé que en algún momento va a pagar por lo que le hizo a mi nena. Ella declaró dos veces en Cámara Gesell y contó todos detalles, las cosas horribles que le hizo, pero ni así alcanzó para los jueces. Pero nosotros somos pobres, nunca tuvimos un abogado que nos defienda, como sí tuvo el tipo”, señaló la madre de la niña en una entrevista con este diario el año pasado. Consultada al respecto, mencionó que la menor contó con poca asistencia psicológica tras la denuncia y el posterior proceso, lo que sumado a las propias limitaciones del grupo familiar, complicaron su plena recuperación. “Yo nunca les mandé a pedir a mis nenas, pero a veces salían para conseguir un abrigo o un calzadito porque siempre fuimos pobres. Por ahí barrían una vereda o la gente les daba. Pero como ser humano pienso que eso no le da derecho a nadie de abusar de una criatura que pide algo. Eso no se justifica de ninguna manera”, reflexionó. Y agregó: “Si los jueces son padres me van a entender, no hay dolor más grande del que yo siento. A veces me reprocho porque me quedé muy quieta, pero estando sola es difícil y mucha gente me metió miedo”.