Misiones, Friday 17 de April de 2015

El Tribunal Penal Dos de Posadas condenó a prisión perpetua a Jorge Alberto De Jesús (42), por el femicidio de su ex pareja, la comerciante Ramona Gauto (37). Además ordenó la inmediata detención del acusado, quien había llegado al debate en libertad.

Para los jueces Marcela Leiva (presidió el debate), Marcelo Cardozo y Roque González, fue un homicidio calificado agravado por el vínculo que mereció una pena de 35 años sin ningún tipo de beneficio y de cumplimiento efectivo e inmediato. En primera instancia lo hará en la seccional Primera por una cuestión de jurisdicción al lugar del hecho y luego en la Unidad Penal 6.

El fallo se conoció alrededor de las 13.30. Pero la última jornada había empezado con los alegatos desde las 8.15.

En sus conclusiones, el fiscal Rolando Alberto Oliva fue contundente: para él el imputado, ex pareja de la víctima, la mató utilizando lo que sabía de artes marciales.

El representante del Ministerio Público Fiscal fue el primero en dar a conocer su alegato. Oliva no dudó. Dijo que De Jesús fue caminando desde la panadería Exi Pan, ubicada sobre calle Sarmiento casi Colón de Posadas hasta el departamento de la calle Colón casi Bolivar, donde vivía su ex mujer, y la asesinó a golpes.

Consideró que luego utilizó el celular de la comerciante para responder con un “ya vajo”  (sic) al mensaje de texto que le había mandado un hijo de De Jesús, Emiliano, que había pasado a buscar a Ramona para ir de compras. Hasta ahora siempre se creyó que ese SMS había sido el último acto que realizó con vida la mujer. Para la Fiscalía, cuando ese texto salió del celular, Ramona ya estaba muerta. El fiscal apuntó que Ramona no escribía con errores (según testigos), lo que da otro indicio de que esa respuesta no era suya.

Oliva afirmó que no se puede pasar por alto lo que concluyeron los profesionales que examinaron a De Jesús: que tiene un claro trastorno de personalidad y desentendimiento por lo afectivo.

Dijo que es clave como prueba la pericia que determinó que la cabeza de Ramona tenía la marca de la suela de una zapatilla que coincidía con la que el acusado calzaba ese día. “Primero no se notaba, y luego fue notorio. Esas marcas tienen coincidencia morfológica con la zapatilla del imputado”, precisó el fiscal. Se trata del lado izquierdo de una Diportto gris número 41.

Añadió que en una mesa desmontable también había otra huella similar. “De Jesús aprovechó sus habilidades de artes marciales para anular cualquier tipo de defensa de la víctima. Las marcas en el cuerpo de Ramona coinciden con golpes que se pueden aplicar en distintas artes marciales”, afirmó.

“Marcas similares a la de los golpes que recibió Ramona se comprobaron que sufrió la actual mujer de De Jesús, Lorena Fernández, en un hecho puntual de violencia”, comparó.

El 15 de marzo de 2009, Ramona denunció por violencia de género a su entonces marido De Jesús. Dijo entonces que llevaba ocho años sufriendo malos tratos físicos y verbales. “La trataba de rata, basura y loca. Hasta llegó a tirarle un ventilador. Esa causa iniciada por violencia tenía fecha de audiencia el 26 de mayo de 2010, luego de innumerables incomparencias del imputado, pero en una de las citaciones ya habían notificado al hijo mayor del acusado. Esto pudo generar el motivo para que De Jesús la matara”, opinó el fiscal.

“Ella le contaba a sus empleados cuando venía golpeada que ‘el enanito’ le había pegado. Los vecinos también han sido testigos de hechos violentos por parte del imputado, no solo con Ramona, sino con su actual pareja. El tenía como costumbre agredir a sus mujeres”, sostuvo.

Oliva incluso agregó que hay testigos que dijeron haber visto a De Jesús golpeando a su actual pareja cuando ella estaba embarazada.

“Ramona era una persona necia que no se dejaba ayudar para salir del horror que vivía con una persona descrita como cruel y sanguinaria”, consideró.

Para el titular del Ministerio Público, “después de la denuncia de Ramona en 2009, el ya tenía pensando matarla”. Por eso pidió para él la prisión perpetua, condena que finalmente los jueces dictaron.

Luego alegó la defensa del acusado, a cargo de José Luis Rey y Carlos Contristano.

Quien tomó la palabra primero fue Rey. El abogado consideró que la acusación no reúne las exigencias de la ley. “Parece que se juzgó la impronta de vida del imputado y no el hecho de la muerte de Gauto. Se pasó el debate analizando si le pegaba o no a la víctima”, señaló.

Para Rey, “nunca se estableció si era verdad su participación en el crimen, porque nadie lo vio. Sólo se basaron en los dichos de Ramona a los empleados y familiares de situaciones anteriores que tampoco se comprobaron”.

Añadió que nunca se probó que De Jesús tuviera las llaves del departamento de la víctima ni que haya entrado a ese inmueble. “Tampoco se pudo probar, como se trató de hacer creer, que ellos se encontraban todos los sábados. Sí estuvo probado que ella era una mujer fuerte y robusta, que tenía signos de defensa en las manos”, remarcó.

Comparó esas marcas de defensa con su cliente: “No tenía ningún rastro de violencia; que no se condice con una gran pelea. Y el examen se le practicó inmediatamente después del hecho”.

Otra cosa que el defensor dijo fue que “no se detectaron rastros biológicos del imputado en el cuerpo de Ramona. Ni de la víctima en la ropa o calzado de De Jesús”, añadió. También que hubo un testigo de apellido Muller, que no fue encontrado para este debate, que en la parte de instrucción declaró que esa tarde vio a una persona desconocida en el edificio con características muy diferentes en lo físico a de Jesús pero esta cuestión nunca se investigó según el letrado.

Rey solicitó la absolución de culpa y cargo para su asistido. Contristano, en tanto, solicitó que espere en libertad hasta que el fallo quede firme. Ninguna de las dos cosas finalmente sucedió.

Después de los alegatos, De Jesús dijo sus últimas palabras antes de que el Tribunal pase a deliberar. Pidió justicia para Ramona y agradeció a su familia. Después de más de una hora y cuarto, el Tribunal dio a conocer su decisión: pena máxima para el acusado.